CODINA HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia que ordenaba la redeterminación del haber inicial y movilidad, dejando sin efecto cuestiones específicas, y sostuvo la constitucionalidad de las normas de emergencia y movilidad previsional, enfatizando la razonabilidad de las medidas en contexto de emergencia sanitaria y económica.
¿Quién es el actor?
Hector Codina (actor)
¿A quién se demanda?
ANSES (demandada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes y movilidad de haberes previsionales, cuestionando la constitucionalidad de leyes y normativa vigente, y solicitando la inconstitucionalidad de algunas leyes y decretos, además de la exención del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la constitucionalidad de las leyes y decretos cuestionados, dejando sin efecto la aplicación de topes de haberes y la fórmula de movilidad del art. 32 de la ley 24.241, en tanto que diferirá en la etapa de ejecución ciertos planteos, y confirmó la constitucionalidad de la normativa de emergencia y las medidas adoptadas. La sentencia enfatiza que la declaración de inconstitucionalidad requiere un análisis exhaustivo y que las medidas en contexto de emergencia son razonables y ajustadas a los principios constitucionales, en especial el art. 14 bis de la CN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la ley 27.426 ni de los decretos dictados en función de la delegación legislativa, toda vez que no se evidencia irracionalidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, y no se vulnera el mandato constitucional del art. 14 bis." "La movilidad semestral prevista en la ley 27.426 resulta ajustada a los principios constitucionales y a la normativa vigente, sin que se configure una vulneración al derecho a la movilidad previsional." "Las medidas de emergencia adoptadas por el Congreso y el Poder Ejecutivo, en el marco de la ley 27.541, son constitucionales, y no se evidencia irracionalidad o arbitrariedad en su implementación." "La declaración de inconstitucionalidad requiere un análisis acabado, y en el presente caso no se advierte que la normativa vulneré derechos constitucionales de manera manifiesta." "Las cuestiones relativas a la actualización del haber inicial en relación a servicios autónomos y a la exención del impuesto a las ganancias exceden la competencia de esta instancia y deberán abordarse en etapa de ejecución."
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