RIVAS, DIANA c/ SANOS SALUD s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que ordenó a SANOS SALUD cubrir el 70% del medicamento para tratar EPOC, pero hizo lugar parcialmente al recurso de apelación y mantuvo la decisión de primera instancia, considerando la actuación arbitraria de la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, la Sra. Diana Rivas, demandó a SANOS SALUD para que le otorgue la cobertura del 70% del medicamento Furoato de Fluticasona + Vilanterol, a fin de tratar su patología crónica, el EPOC.
- La demandada negó la cobertura alegando que no se agotaron los remedios administrativos y que la actora no presentó certificados médicos en las gestiones internas.
- La primera instancia hizo lugar a la acción de amparo y ordenó a SANOS SALUD la cobertura del 70% del medicamento, imponiendo costas y regulando honorarios.
- La Cámara confirmó la decisión, señalando que la actitud de la demandada fue arbitraria e ilegal, dado que la actora cumplió con solicitar la cobertura mediante nota y documentación, sin recibir respuesta, vulnerando así su derecho a la salud, reconocido en instrumentos internacionales y constitucionales.
- La Cámara resaltó que “si bien resulta razonable reclamar el cumplimiento de ciertos recaudos para proceder a la cobertura peticionada, ello no puede constituirse en un obstáculo que restrinja o dilate el cumplimiento de la prestación en supuestos en que la misma se requiere para dar una adecuada asistencia”.
- La Cámara también destacó que la salud es un derecho humano fundamental protegido por diversos instrumentos internacionales y la Constitución Nacional, por lo que la conducta de la demandada fue arbitraria y vulneró derechos constitucionales y convencionales.
- Se impusieron las costas a la demandada por haber sido vencida y se reguló honorarios en favor del letrado de la actora en 6 UMA, equivalente a $454.734.
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