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AGUIAR MANUCCI, MILAGROS c/ OBRA SOCIAL DE PETROLEROS (OSPE) s/AMPARO LEY 16.986

La sentencia de primera instancia declaró la extinción del proceso por la desaparición del interés actual y concreto de la parte actora en el objeto del amparo, confirmando la improcedencia del pedido y las costas a la demandada OSPE.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Milagros Aguiar Manucci, promovió amparo contra la Obra Social de Petroleros (OSPE) para que cubriera el 100% de una cirugía de reducción mamaria (mastoplastia reductiva bilateral) que su padre necesitaba por gigantomastia, con diagnóstico y consecuencias físicas graves. La demanda fue fundada en la necesidad de evitar secuelas mayores y en la evaluación favorable del procedimiento por parte del profesional actuante. La demandada OSPE, en su informe, no negó la prestación sino que indicó que la cirugía debía realizarse en hospitales públicos y en prestadores específicos, ofreciendo una alternativa en Rosario. La jueza concluyó que la situación que motivó la acción dejó de existir, ya que la base fáctica y el interés concreto de la parte actora se extinguieron, y el proceso carece de objeto. Además, se impusieron costas a la demandada por motivos procesales y se regularon honorarios. La sentencia declaró la cuestión abstracta, ordenando el archivo y señalando que, en caso de incumplimiento, se procederá al cumplimiento forzado.

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