ZAMORA, HUGO DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Mendoza rechazó la apelación de ANSeS y confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de normas reglamentarias y resoluciones que afectaban el cálculo y actualización del haber previsional, asegurando la constitucionalidad del índice ISBIC y la protección del derecho del beneficiario.
Actor: Hugo Daniel Zamora
Demandado: ANSeS
Objeto: Reajustes en la liquidación del haber previsional, actualización del beneficio, declaración de inconstitucionalidad de normas reglamentarias y resolución de conflictos por movilidad y topes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó los agravios del ANSeS y confirmó la constitucionalidad de las normas aplicadas, manteniendo la aplicación del índice ISBIC para la actualización del haber inicial y la validez de la liquidación del beneficio. Se declaró la inconstitucionalidad de oficio de ciertas resoluciones y decretos, y se impusieron las costas a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal sostuvo que la doctrina 'Elliff' es aplicable para determinar el haber inicial, y que la ley 26.417 modificó dicha situación estableciendo que las actualizaciones posteriores se realicen conforme a un índice combinado, pero en este caso, la adquisición del beneficio ocurrió antes de dicha ley, por lo que la aplicación del índice ISBIC es procedente y constitucional." "Respecto a la declaración de inconstitucionalidad de las resoluciones y reglamentaciones, el tribunal consideró que estas violan la proporcionalidad y la razonabilidad, además de que exceden la facultad reglamentaria, por lo que resultan inconstitucionales." "Asimismo, se rechazaron los agravios relacionados con la actualización de la PBU, argumentando que la normativa vigente respeta los derechos adquiridos y la jurisprudencia de la Corte Suprema." "En relación a los topes y límites, la Cámara afirmó que su aplicación debe ser revisada en etapa de liquidación, y en caso de confiscatoriedad o afectación del derecho de propiedad, podrían declararse inconstitucionales." "Por último, se impusieron las costas procesales a la parte vencida, en este caso el ANSeS, y se regularon honorarios en un 30% de lo que se fije en primera instancia."
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