SANDOVAL JAIME ERNESTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social en la Sala 1 revocó parcialmente la fallo de primera instancia y admitió parcialmente los recursos, confirmando la constitucionalidad de las normas de movilidad y la validez del refuerzo previsional, en un contexto de análisis de reajustes y constitucionalidad de leyes sociales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, en este caso, la beneficiaria de un beneficio previsional, recurre contra la sentencia que rechazó ciertos planteos respecto a la actualización de su haber y la constitucionalidad de las leyes de movilidad previsional.
- La Cámara analiza las quejas relacionadas con la actualización del haber previsional, la aplicación de la ley 27.426, la constitucionalidad de las normas de movilidad y los refuerzos económicos.
- La Cámara considera que la comparación del haber inicial para determinar la confiscatoriedad debe hacerse sobre el total del haber percibido, y que la aplicación de las leyes y normas de movilidad debe respetar el marco constitucional y legal vigente en el momento de adquisición del beneficio.
- Se destaca que las normas de emergencia y las leyes de movilidad son constitucionales y que las medidas adoptadas por el Estado en el contexto de la emergencia económica son proporcionales y destinadas a proteger a los sectores más vulnerables.
- La Sala también ratifica que los refuerzos previsionales tienen carácter transitorio y buscan mitigar los efectos de la crisis, sin que exista arbitrariedad.
- En lo que refiere a la exención del impuesto a las ganancias, la Cámara reafirma que la naturaleza social del reclamo justifica la protección de los derechos de los jubilados en situación de vulnerabilidad, apelando a la doctrina y fallos de la Corte Suprema.
- Finalmente, se establecen costas por su orden en la alzada y honorarios en un 30% de lo que se regule en la instancia anterior.
- La sentencia admite parcialmente los recursos y revoca en parte la decisión de primera instancia, manteniendo los fundamentos constitucionales y legales de las leyes de movilidad.
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