CENDON OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y ordena la actualización de remuneraciones, confirma la inadmisibilidad de ciertos agravios y dispone costas por su orden en la alzada. La decisión se fundamenta en la correcta interpretación de la normativa previsional y constitucional, y en el rechazo de la aplicación del índice de reajuste cuestionado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandada (ANSES) impugna la sentencia por la aplicación de ciertos índices y la declaración de inconstitucionalidad de normativas. La actora, por su parte, reclama la consideración de remuneraciones posteriores a 2005 y la inconstitucionalidad de artículos de leyes previsionales. La Cámara revoca parcialmente la sentencia y ordena la actualización de remuneraciones hasta la fecha de cese, rechazando los agravios relacionados con la constitucionalidad de normas y la aplicación de índices, y confirmando la validez de la liquidación y el cálculo del beneficio previsional. La decisión se fundamenta en que la normativa citada no resulta irrazonable, y que la aplicación de ciertos índices y normas constitucionales no afecta derechos adquiridos, además de que la resolución administrativa que dio de baja el beneficio fue correcta en virtud de la normativa aplicable. La Sala también destaca que la resolución administrativa que excluye servicios desde 2005 no se ajusta a derecho, pues afecta el derecho de propiedad del actor, y que la aplicación del índice de la Resolución 56/2018 resulta inconstitucional por contradecir la normativa constitucional, por lo que se declara su inconstitucionalidad de oficio. La Cámara aplica la tasa pasiva promedio mensual del Banco Central para la actualización y desestima la queja sobre el art. 9 de la ley 24.463.
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