BENITEZ MARIO JULIO c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la sentencia de primera instancia y admite la demanda en favor del actor, ordenando a la demandada el pago de diferencias laborales correspondientes a los meses indicados, con actualización e intereses, además de costas y honorarios.
- Quién demanda: Mario Julio Benítez
¿A quién se demanda?
Estado Nacional, Ministerio de Defensa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento y pago de diferencias salariales por gratificaciones y asignaciones correspondientes a 1985, con actualización e intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y admite la demanda, ordenando el reconocimiento de las diferencias habidas en los meses de octubre a diciembre de 1985, conforme a las normativas vigentes y precedentes jurisprudenciales, incluyendo la aplicación del interés del 8% anual desde el 30/09/1985 hasta el 31/03/1991.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara se basó en la doctrina establecida por la Corte Suprema en las causas “Martinez” y “Miguel”, que establece que los montos del préstamo fueron adjudicados en proporciones a la situación escalafonaria del personal y que las cantidades otorgadas constituyen gratificación comprendida en “haber” o “asignación” según la Ley 19.101. Se concluye que corresponde el reconocimiento de las diferencias salariales durante los meses indicados, en línea con las decisiones precedentes y la normativa aplicable, incluyendo la Ley 21.839 y la consolidación del pasivo. La decisión también establece la condena en costas a la parte demandada y regula los honorarios profesionales en el 19% de la liquidación, más IVA si correspondiera.
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