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WYSOCKI SAUL JULIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y confirma en lo sustancial la decisión, considerando los argumentos sobre actualización de haberes previsionales y los precedentes jurisprudenciales relevantes.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Wysocki Saul Julio, recurre contra la sentencia definitiva que desestimó sus agravios en relación con la actualización de su beneficio previsional otorgado con fecha 03/05/2021, amparado en la ley 24.241 y modificada por la ley 27.609. La Cámara analiza las cuestiones relacionadas con la actualización de la PBU, la incidencia de la ausencia de incrementos en componentes específicos del haber, y la validez de los parámetros utilizados para la recomposición. El tribunal recuerda que la jurisprudencia de la Corte Suprema ha establecido que la comparación debe realizarse sobre el total del haber inicial percibido por el beneficiario, en función de los incrementos y ajustes aplicados en cada período. La Cámara señala que los períodos anteriores a julio de 1994 deben incluirse en el cálculo de aportes, y que las rentas de referencia posteriores a esa fecha deben actualizarse a la fecha del beneficio. Asimismo, la Sala destaca que la actualización de las cotizaciones realizadas con anterioridad a julio de 1994 debe considerar la totalidad de los años aportados, en línea con la ley 18.038, y que las cotizaciones posteriores a esa fecha deben actualizarse según los índices previstos por la normativa vigente. La Cámara también resalta que las cotizaciones ingresadas mediante planes de facilidades de pago no son objeto de actualización. En cuanto a los topes establecidos por la ley 24.241, la Cámara pospone el análisis para la etapa de cálculo final, remitiéndose a la doctrina del Tribunal Supremo y a las sentencias en ejecución. Finalmente, se imponen costas por su orden en la alzada, en atención a la remisión del art. 36 de la ley 27.423 y la jurisprudencia citada. El tribunal, en consecuencia, declara inadmisible el recurso en los términos señalados y confirma la decisión en lo sustancial, revocando parcialmente la sentencia de primera instancia y estableciendo la aplicación de los parámetros y criterios jurisprudenciales para la actualización del beneficio previsional.

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