.................... S/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS
La Cámara de Junín confirmó la denegatoria de salidas transitorias a Bruno López, considerando que su conducta, desinterés por actividades educativas y vulnerabilidades, justifican la decisión. El tribunal recomienda tratamiento y refuerzo en aspectos vulnerables para su futura reinserción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Junín revisó el recurso de apelación presentado por la defensa oficial del interno Bruno Alejandro López contra la decisión del juez de Ejecución Penal de no concederle salidas transitorias. Tras analizar la causa, la Cámara concluyó que la decisión de denegar las salidas fue fundada en la conducta, vulnerabilidades y falta de compromiso del interno con su recuperación y reinserción social, además de incumplimientos en condiciones previas y antecedentes de beneficios revocados. La Sala consideró que los informes y antecedentes aportados reflejan una situación que no garantiza un marco de contención adecuado para la libertad transitoria del penado, y que además, existe un riesgo manifiesto ante antecedentes de incumplimientos y denuncias recientes. La Cámara también enfatizó en la necesidad de que el interno reciba tratamiento específico, incluyendo actividades educativas y terapéuticas, para favorecer su integración futura. La resolución de primera instancia fue confirmada en todos sus términos, con la recomendación de reforzar su tratamiento. Fundamentos principales: "Los fundamentos expuestos por el Juez aquo -enancados en las distintas circunstancias que enmarcan la vida intramuros de López como así también sus incidencias con el sistema punitivo penal-, devienen absolutamente razonables en pos de fundar la negativa resuelta." "El marco de contención que necesita la persona a quien se le extiende un régimen de salidas transitorias debe reunir características que conlleven justamente a posibilitar un afianzamiento en el concepto de responsabilidad social, necesario para su reinserción definitiva." "No alcanza a superar dicho escollo el hecho de que se encuentre realizando labores de mantenimiento en el sector de quintas." "Respecto a quien nos ocupa, con fecha 9 mayo del año 2023 esta Alzada hizo lugar al recurso de apelación y concedió salidas transitorias por 36 horas mensuales, que debieron ser suspendidas tras denuncias y incumplimientos." "La decisión de denegar las salidas resulta fundada en la conducta y vulnerabilidades del interno, las cuales representan un riesgo para la seguridad y la reinserción."
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