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.................... S/ LESIONES CULPOSAS CALIFICADAS

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Junín confirmó la condena a Mario Gabriel Zappa por lesiones culposas, argumentando que la conducta del imputado violó el deber de cuidado en la circulación vehicular, y rechazó los cuestionamientos defensivos sobre la mecánica del hecho y la congruencia del fallo.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Junín analiza la condena a Mario Gabriel Zappa, quien fue sentenciado a un año de prisión en suspenso y dos años de inhabilitación por lesiones culposas calificadas tras un accidente de tránsito ocurrido el 16 de octubre de 2021 en Pergamino. El tribunal consideró probado que Zappa, conduciendo un Renault Duster, realizó una maniobra que interrumpió la circulación de una motocicleta, provocando que sus ocupantes cayeran y sufrieran lesiones graves, como fracturas de fémur y tobillo. La sentencia fundamentó que Zappa violó el deber objetivo de cuidado establecido en la normativa de tránsito, específicamente el art. 39, inc. b), de la ley nacional de tránsito, al no advertir la presencia de la motocicleta antes de iniciar su maniobra, generando así el resultado lesivo. La defensa argumentó que la condena vulneraba el principio de congruencia, ya que el hecho imputado era distinto del que se sostuvo en el juicio, y criticó la calidad de la investigación y la falta de pruebas de videovigilancia. La Cámara rechazó estos planteos, señalando que la valoración probatoria del tribunal de grado fue fundada en la prueba admissible y que la conducta del imputado en el contexto del hecho fue la que generó el daño. Además, sostuvo que no existió un cambio en los hechos que impidiera la defensa de Zappa, y que el principio de congruencia no se vio vulnerado, dado que el proceso fue evolutivo y flexible en sus líneas argumentales. Finalmente, descartó la necesidad de informar oralmente, confirmando la sentencia de primera instancia. Fundamentos principales de la decisión: "El sentenciante de grado, tras la audiencia del debate regulado por el rito y bajo los principios rectores que caracterizan el sistema acusatorio en clave constitucional: biateralidad, contradicción, inmediación, oralidad, publicidad, concentración; tuvo por acreditado que: 'el día 16 de octubre del año 2021 siendo aproximadamente las 17:30 horas el encartado transitando al mando de un automóvil marca Renault modelo Duster... realiza una maniobra de desplazamiento hacia el centro del carril por el que transitaba interponiéndose de esa manera en la circulación de la motocicleta... los cuales a raíz del impacto con el rodado mayor salieron despedidos... sufriendo Paloma Tévez Romano fractura de fémures de ambas piernas y fractura del tobillo de pierna derecha lesiones de carácter graves

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