.................... S/PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL
La Cámara de Junín revoca la decisión de primera instancia y concede la suspensión del juicio a prueba a Florencia Anahí Tossi, considerando que la oposición fiscal carece de fundamentos razonables y que la conducta de la imputada no presenta peligrosidad suficiente para impedir la aplicación del beneficio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa versa sobre la imputación a Florencia Anahí Tossi por portación ilegal de arma de fuego de uso civil. El juez de grado rechazó la suspensión del juicio a prueba por considerar fundada la oposición fiscal, basada en la peligrosidad y circunstancias del hecho. La defensa interpuso recurso de apelación alegando que la conducta de Tossi es atípica en cuanto a la pena de inhabilitación, que la imputada es joven, sin antecedentes y que el hallazgo del arma fue casual en un control de tránsito. La Cámara de Apelaciones, tras analizar el caso, revoca la decisión de primera instancia y concede el beneficio, destacando que la oposición fiscal no resulta fundada ni razonable, y que en el caso concreto la conducta de la joven no evidencia peligrosidad que impida aplicar la suspensión del juicio a prueba. Se enfatiza que la norma no prevé la imposición de inhabilitación en este tipo de delitos y que la conducta no presenta elementos que justifiquen la negativa al beneficio. Además, se remarca la importancia del principio pro homine y la necesidad de evitar medidas excesivamente lesivas, especialmente en casos de delitos leves y sin antecedentes. La resolución destaca que la aplicación del art. 27 bis del Código Penal permite cumplir el fin preventivo sin necesidad de imponer prisión efectiva, en consonancia con la política criminal y la jurisprudencia consolidada.
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