.................... S/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Junín confirmó la decisión que rechazó el pedido de salidas transitorias para Pablo Martín Cleñan, considerando que las condiciones objetivas y subjetivas para su otorgamiento no estaban aún reunidas, en base a informes técnicos y el estado del interno.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Junín revisó la decisión del juez de primera instancia que rechazó la solicitud de salidas transitorias para Cleñan. La sentencia señala que, aunque el interno tiene una cuota de pena cumplida, no alcanza los requisitos para progresar en el régimen de libertades anticipadas debido a su situación en el sistema penitenciario (reubicaciones frecuentes, régimen cerrado, sin avances en la progresividad). Además, la evaluación psicológica indica que Cleñan aún transita problemáticas relacionadas con su adicción y conductas delictivas vinculadas al consumo de drogas, y que no ha logrado aún una adecuada integración social ni avances en su tratamiento terapéutico. La opinión del informe técnico y del equipo penitenciario, que recomienda mantenerlo en condiciones que favorezcan su abordaje terapéutico, fue considerada suficiente para sostener la negativa. El defensor oficial apela argumentando que las conductas del interno y su buen comportamiento no justifican la denegación, pero la Cámara comparte los fundamentos del juez de grado y confirma la resolución. Fundamentos principales: "El análisis contextual y conglobado del informe técnico de la penitenciaría, sumado a la evaluación psicológica, revela que el interno no ha alcanzado aún las condiciones necesarias para el otorgamiento de salidas transitorias, en atención a su estado de vulnerabilidad y los obstáculos en su proceso de reinserción social". Asimismo, se destaca que la ley no autoriza la concesión automática del beneficio al cumplirse la mitad de la condena, sino que requiere un análisis integral de las circunstancias. La reubicación frecuente, la falta de progresión en el régimen, y la problemática adictiva del interno justifican la decisión de mantener la restricción.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: