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FIGUEROA MANUEL C/ GOMEZ JORGE ALBERTO S/ NULIDAD DE ACTO JURIDICO

La Cámara de Apelación revoca la sentencia de primera instancia y declara la nulidad de las escrituras públicas por lesión, además de reconocer la procedencia del daño moral debido a la vulnerabilidad del actor.

Dano moral Presuncion legal Capacidad juridica Nulidad por lesion Actos juridicos Desproporcion patrimonial Proteccion constitucional Proteccion a personas vulnerables Vulnerabilidad psiquica Derechos de las personas mayores.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Manuel Figueroa demanda la nulidad de las escrituras públicas N° 169 y 170 por vicio de lesión, alegando que las operaciones realizadas por su madre Celia Medina en 2012 fueron lesionadas por aprovecharse de su estado de vulnerabilidad, agravado por su enfermedad y edad avanzada. La jueza de primera instancia rechazó la demanda por no demostrar los requisitos subjetivos de explotación y estado de necesidad, además de negar la indemnización por daño moral. La Cámara de Apelación, en cambio, considera que existe prueba suficiente para presumir la lesión, destacando la notoria desproporción en las prestaciones y el estado de deterioro físico y psíquico de la madre, además de la vulnerabilidad del actor. La Cámara revoca la sentencia en primera instancia, declarando la nulidad de los actos y condenando al demandado a pagar una suma por daño moral de $1.872.704,8, basada en parámetros sociales y costos de viaje como "precio del consuelo". Se fundamenta en el art. 954 del CC, la presunción de explotación en casos de notable desproporción, y la protección de las personas mayores, considerando también obligaciones internacionales y principios constitucionales de protección a los vulnerables.

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