OCAMPO SUNILDA ADELAIDA C/ RODRIGUEZ JOSE ALBERTO S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones revoca la caducidad de instancia decretada en un proceso por daños y perjuicios tras analizar el estado avanzado del trámite y la presentación de la prueba médica en el mismo día de la resolución. La decisión prioriza el derecho de defensa y la continuidad del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Sunilda Adelaida Ocampo apela la declaración de caducidad de instancia dictada por el juez de grado en un proceso por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara analiza que la prueba médica fue presentada el mismo día que se decretó la caducidad y que el proceso se encontraba en estado avanzado, con la mayoría de las pruebas realizadas. La sentencia destaca que la caducidad debe aplicarse con cautela y en forma restrictiva, especialmente cuando el proceso está en fase avanzada, y que en el caso, la inactividad no demuestra un desinterés notorio de la parte para continuar. Además, se encomienda al juez de grado a que intime al demandado a presentar nueva representación, ante un posible conflicto de intereses. La Sala revoca la caducidad y mantiene el proceso en curso, impone costas por su orden y ordena la notificación electrónica. Fundamentos principales: "la declaración de caducidad provoca la pérdida de derechos en algunos casos definitivamente, la aplicación de este instituto debe efectuarse con suma prudencia, como una medida de carácter excepcional y por lo tanto, de interpretación restrictiva" y "el trámite se encuentra en estado avanzado, no corresponde decretar la caducidad de la instancia, pues resolver de otro modo, importaría atentar contra las garantías del derecho de defensa en juicio, debido proceso y economía procesal."
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