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La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Matanza declaró la deserción del recurso de apelación y confirmó la sentencia de primera instancia que aprobó la liquidación de alimentos por $3.578.880,25, rechazando los agravios del demandado por insuficiencia formal y sustancial.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia originaria aprobó una liquidación de alimentos por $3.578.880,25, con condena al pago y costas. El demandado apeló alegando que el monto era confiscatorio e injusto, y que no se acreditó que su hijo mayor de edad se capacite o estudie, argumentando que ello lo eximiría de la obligación. La Cámara analizó la fundamentación del recurso y concluyó que los agravios no cumplían con los requisitos del art. 260 del CPCC, puesto que no se realizó una crítica concreta y razonada de la sentencia, limitándose a expresar desacuerdo genérico y sin señalar errores específicos. Se destacó que la simple disconformidad no constituye agravios suficientes para sustentar un recurso, y que la crítica debe ser precisa en los puntos en que se considera errada la resolución. Además, se recordó que la obligación de alimentos se extiende hasta los 21 años, salvo que el hijo tenga recursos suficientes, y que en el caso no se acreditó que el hijo no esté estudiando o capacitándose. La Cámara, por unanimidad, declaró la deserción del recurso y confirmó la resolución de primera instancia, imponiendo las costas a quien resultó vencido.

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