ALDERETE ROXANA DEL CARMEN Y OTROS C/ LA CABAÑA SA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Matanza resolvió modificar parcialmente los montos indemnizatorios y confirmar en lo demás la sentencia de primera instancia, sosteniendo que la responsabilidad del conductor del colectivo y la aseguradora se encuentra debidamente acreditada y que los montos por daños morales, psíquicos y pérdida de chance deben ajustarse a parámetros fundados en la ley y jurisprudencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia de primera instancia condenó a La Cabaña S.A., Oscar Osvaldo Diaz y la aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros a pagar una indemnización total de $11.228.000 por daños y perjuicios derivados de un accidente en el que falleció una peatona, Manuela Leguizamón. La Cámara confirma la responsabilidad del conductor y de la aseguradora, valorando la prueba testimonial, pericial mecánica y la causa penal, en la que no se probó culpa exclusiva de la víctima. Los agravios de las partes fueron parcialmente admitidos: se elevan los montos de daño psíquico y moral a $5.000.000 y $2.500.000 por cada co-actor, respectivamente, y se ajustan los intereses a la tasa del 6% desde el evento. Se rechazan los argumentos sobre la insuficiencia de prueba y la existencia de concausa, considerando que la valoración fue fundada y que la culpa de la víctima no fue probada. También se confirma la actualización del límite de cobertura del seguro según normativa vigente, y se ordena la intimación a la aseguradora para remitir informes a la Superintendencia.
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