Logo

MOIX, DOMINGO LEAL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Paraná confirmó parcialmente la decisión de la instancia de primera instancia, rechazando el recurso de la ANSES y declarando la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, además de declarar la cosa juzgada respecto al reajuste del haber inicial, la PBU, la PC y la PAP, y aplicando la inconstitucionalidad de ciertos decretos y normas.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Cosa juzgada Reajuste previsional Pbu Ley 26.417 Ley 24.241 Dnu 157/2018 Decretos 163/2020 Cortes suprema.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa fue promovida por Domingo Leal Moix contra la ANSES, reclamando reajustes de haberes previsionales, incluyendo la Prestación Básica Universal (PBU), la Prestación Compensatoria (PC) y la Prestación Adicional por Permanencia (PAP). La Cámara consideró que existía cosa juzgada respecto a los reajustes del haber inicial y de la PBU, en virtud de un acuerdo transaccional homologado, que fue pasado en autoridad de cosa juzgada. La sentencia de primera instancia declaró la inconstitucionalidad de los decretos 163, 495 y 542 del 2020, y del art. 3 del DNU 157/2018, reservando el derecho del actor a reclamar en el futuro por el recálculo de la PBU, en base al fallo "Quiroga". La Cámara confirmó esas decisiones, rechazando los agravios en relación a la reserva del derecho a reclamar y la declaración de inconstitucionalidad de los decretos y normas. Además, se rechazó el recurso de ANSES, confirmando la sentencia en todas sus partes, y se impusieron costas a la demandada, sin regulación de honorarios a su abogado. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: Se analizó si la existencia del acuerdo homologado configuraba cosa juzgada respecto a los puntos de reajuste reclamados, concluyendo que no había identidad de pretensiones respecto a la recálculo de la PBU, por lo que no se configuró cosa juzgada en ese aspecto. La Cámara también consideró que la doctrina de la Corte Suprema en "Quiroga" permite dejar a resguardo el derecho del beneficiario a reclamar ajustes futuros, y que la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 163/2020, 495/2020 y 542/2020, fue en un expediente distinto y con fundamentos que la Cámara remite a los allí expresados. Finalmente, se confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y la imposición de costas, sin regulación de honorarios a la parte demandada.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar