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BUJALDON, LILA ESTELA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Mendoza, Sala B, confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el recurso de la ANSES y sostuvo la validez del amparo respecto de la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463, reafirmando que la vía del amparo es procedente y que la cuestión de fondo es justiciable.

Recurso de apelacion Amparo Derecho previsional Constitucionalidad Jurisdiccion Control judicial Justicia social Exencion impuesto ganancias Anses. Ley 24.463

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora demanda en amparo la exención del impuesto a las ganancias, y la ANSES interpone recurso de apelación contra la sentencia que hizo lugar a la misma.
- La Cámara analiza la procedencia de la vía, concluyendo que el amparo es adecuado dado que la cuestión no requiere mayor debate probatorio y que la vía rápida protege derechos constitucionales.
- La Cámara rechaza el argumento de la cuestión política no justiciable, citando jurisprudencia que establece que los derechos previsionales son materia de control judicial.
- En relación a la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463, la Cámara remite a la jurisprudencia que sostiene que dicho artículo no se aplica a quienes perciben jubilaciones bajo régimen especial, ratificando la sentencia de primera instancia.
- Sobre la suspensión del descuento del impuesto a las ganancias, la Cámara confirma que ANSES, como mero agente de retención, debe remitir a AFIP, y que la protección constitucional y convenciones internacionales avalan la protección del derecho del actor.
- Costas a la demandada vencida, y honorarios profesionales regulados en un 30% de lo establecido en primera instancia.
- La Cámara confirma la resolución en todos sus términos, manteniendo la decisión de primera instancia.

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