KUBACZKA MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La demanda de la actora para que se aplique la régimen de movilidad de la ley 24.016 a su beneficio jubilatorio, por considerar vigente este régimen y no derogado por el decreto 78/94, fue confirmada por el tribunal, que ordenó su recálculo y pago retroactivo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Cristina Kubaczka, demanda a la ANSES el reconocimiento y recálculo de su haber jubilatorio en base al 82% móvil, conforme a la ley 24.016, alegando que dicho régimen aún está vigente y no fue derogado por el decreto 78/94. La demandada argumenta que su derecho está prescripto y que corresponde aplicar la ley 24.463, la cual, según su interpretación, deroga o modifica el régimen especial de los docentes. El tribunal analiza la vigencia de la ley 24.016, concluyendo que no fue derogada por la ley 24.241 ni por la ley 24.463, y que el decreto 78/94 resulta inconstitucional porque carece de facultades para derogar normas de rango legal. Además, el tribunal destaca que la normativa de la ley 24.016 es aplicable a docentes que cumplen con los requisitos de edad y servicios, y que la actora los reúne. La sentencia señala que la propia ANSES reconoció la prestación docente de la actora al aplicar el suplemento en su jubilación y que la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la Cámara del fuero apoyan la vigencia del régimen especial. En consecuencia, se hace lugar a la demanda y se ordena a la ANSES el recálculo y pago del beneficio conforme a la ley 24.016, con retroactividad, y se imponen las costas a la parte demandada.
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