FERREYRA, MARIA CRISTINA c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA s/INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
La sentencia de primera instancia condenó a Telefónica de Argentina S.A. a pagar $1.800.000 por daños y perjuicios, incluyendo daño punitivo y daño moral, debido a la interrupción del servicio telefónico, que afectó gravemente derechos y actividades de la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Cristina Ferreyra, demandó a Telefónica de Argentina S.A. por incumplimiento contractual en la prestación del servicio telefónico que sufrió una interrupción intempestiva en septiembre de 2019, afectando su comunicación, actividades laborales, proyecto de vida, y generando daño moral y daño punitivo. La demandada reconoció la titularidad de la línea y que fue dada de baja, pero negó su responsabilidad por la interrupción y objetó los montos reclamados. La sentencia de primera instancia encontró probada la responsabilidad de la demandada, que omitió brindar una solución adecuada a los múltiples reclamos, y valoró la conducta de la empresa como objetivamente descalificable, justificando la indemnización de daños y daño punitivo. Se destacó que la línea telefónica constituye un servicio público esencial, y que la conducta negligente o imprudente de la demandada, que omitió restablecer el servicio pese a múltiples reclamos, fue responsable del daño causado. Se consideró además la afectación a derechos constitucionales y principios de protección al consumidor, en particular el "in dubio pro consumidor". La sentencia condenó a la demandada a pagar $1.800.000, distribuidos en daño punitivo ($1.500.000) y daño moral ($300.000), con intereses desde la fecha de la audiencia de mediación (12/08/20). También se impusieron las costas a la demandada vencida. La apelación de la demandada fue rechazada en sus agravios, confirmando la responsabilidad y la cuantía de la condena, en virtud de la conducta negligente y la gravedad de los daños ocasionados.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: