FERRARELLO HECTOR MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Sala de la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia y rechazó los agravios, considerando que las medidas adoptadas por el Estado en materia de refuerzos previsionales y actualización de haberes se ajustan a los principios constitucionales y legales, en un contexto de emergencia económica y social. La decisión se fundamenta en que dichas acciones no resultan arbitrarias ni discriminatorias, sino que cumplen con la finalidad de garantizar un ingreso mínimo, respetando los derechos sociales y la protección de los sectores más vulnerables. La Sala también desestimó las críticas sobre la constitucionalidad de las normas y la aplicación de los topes, señalando que la normativa vigente y la jurisprudencia del Tribunal Supremo avalan las decisiones del Poder Ejecutivo y Legislativo en este contexto.
- Quién demanda: La actora, Hector Manuel Ferrarelo.
¿A quién se demanda?
La ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamó la actualización de su beneficio previsional, alegando la vulneración de derechos y la inconstitucionalidad de ciertos mecanismos de ajuste y topes aplicados en la prestación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó los agravios y confirmó la sentencia previa, avalando la legalidad y razonabilidad de las medidas estatales en el marco de la emergencia social y económica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En este orden de cosas en la Constitución Nacional Argentina, la solidaridad encuentra amparo en el artículo 14 bis y en el artículo 75 inciso 23. Este último, impone al Estado la responsabilidad de legislar y promover medidas de seguridad social en favor de los sectores más desprotegidos." "Los decretos en cuestión han tenido como objetivo el cumplimiento por parte del Estado Nacional de su obligación de garantizar el ingreso mínimo necesario para que los jubilados de menores recursos cubran sus necesidades básicas, referida en la Carta Magna y los tratados internacionales." "El deber de solidaridad social es un principio ético-jurídico que encuentra raíz constitucional en el art. 16 de la Constitución Nacional, al establecer la exclusión de cualquier tipo de prerrogativa, es decir, de privilegio o situación de excepción injustificada, circunstancias que no se observan en el caso." "En efecto, los derechos sociales en Argentina representan una categoría fundamental de los derechos humanos receptados tanto en la Constitución Nacional como en los tratados internacionales con jerarquía constitucional." "Las medidas adoptadas por el Estado, como los refuerzos de ingreso y las ayudas económicas, buscan mitigar los efectos de la crisis económica y garantizar un mínimo vital, en línea con la protección constitucional y la jurisprudencia del Tribunal Supremo."
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