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ENTRAIGAS GRACIELA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda por reajustes en beneficios previsionales, rechazando los agravios del organismo demandado y ratificando la constitucionalidad de los parámetros utilizados para la actualización de remuneraciones y beneficios.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Csjn Beneficios previsionales Actualizacion de remuneraciones Pbu Topes Ley 26.417 Ley 24.241 Anses 9. tipo


¿Quién es el actor?

ENTREADAS GRACIELA BEATRIZ

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Reajustes y actualización del haber previsional y componentes relacionados, incluyendo la PBU y la aplicación de topes y actualizaciones monetarias.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda, rechazando los agravios del organismo previsional y ratificando los parámetros y métodos de actualización aplicados, además de la inconstitucionalidad de los topes y la exención del impuesto a las ganancias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos ’Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios’ (Fallos 332:1914) confirmó la aplicación del índice de salarios básicos y convenio de la industria y construcción sin limitación temporal alguna, doctrina ratificada en sentencia ’Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios’ de 2018. Razones de economía procesal aconsejaron remitir a estos precedentes para la actualización de remuneraciones para evitar dispendio jurisdiccional innecesario. La ley 26.417, en su artículo 2°, estableció que a partir de marzo de 2009 se aplicará el índice combinado previsto en el art. 32 de dicha ley para la actualización de remuneraciones devengadas desde esa fecha. La Sala también aclaró que las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial deben actualizarse conforme a lo resuelto por la CSJN en los autos ’Elliff’ y ’Blanco’ hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417, fecha en que será aplicable su mecanismo de actualización. Se rechazó el agravio de la ANSES respecto a la actualización del componente PBU, argumentando que no surge que la Corte haya limitado la actualización a una fecha específica de adquisición del beneficio. En relación al impuesto a las ganancias, se ratificó la constitucionalidad y se confirmó la sentencia en tal aspecto, en línea con la doctrina de la CSJN en autos ’García María Isabel’ y otros precedentes. La sentencia fue dictada en la vigencia de la Ley 27.423, y se rechazaron otros agravios por no condicionar con lo resuelto en grado."

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