NAPOLE, FERNANDO JAVIER c/ OMINT DE SERVICIOS SA s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la sentencia que declaró abstracta la cuestión en un amparo por ley 16.986, dejando sin efecto la medida cautelar y regulando honorarios y costas. La decisión se fundamenta en que las costas deben imponerse al vencido, y en la proporcionalidad de honorarios, ajustados a la ley 27.423.
¿Quién es el actor?
Fernando Javier Napole
¿A quién se demanda?
OMINT de Servicios SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo por ley 16.986, con reconocimiento del derecho y regulación de honorarios y costas
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia en todos sus términos, excepto en la reducción de honorarios del representante de la actora a 23 UMA, y la imposición de costas al recurrente vencido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que las costas deben imponerse al vencido, aun en casos de cuestiones abstractas, ya que la parte demandada actuó con conducta que motivó la litigación; y que los honorarios, en virtud de la ley 27.423, deben ser regulados a la baja en función de la complejidad y el resultado del proceso, ajustándose a los nuevos valores del UMA. La reducción de honorarios se hizo de 26 a 23 UMA, equivalente a $1.311.368, con aportes previsionales y IVA si correspondiere. La sentencia de primera instancia fue confirmada en lo sustancial.
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