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SALLABERRY PEDRO EMER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión de no hacer lugar a la actualización de honorarios por intereses, argumentando la existencia de cosa juzgada y la estabilidad de las decisiones judiciales en el tiempo, en un contexto donde la causa fue archivada y los honorarios ya estaban firmes hace años.

Honorarios Recursos de apelacion Actualizacion Cosa juzgada Seguridad juridica Inalterabilidad Jurisprudencia constitucional Ley 27.423 Ley 21.839 Estabilidad de decisiones


¿Quién es el actor?

Pedro Emer Sallaberry
- A quien se demanda: ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste y actualización de honorarios profesionales mediante intereses y valores actuales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la resolución de grado que no hizo lugar a la liquidación de honorarios actualizados

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala destacó que lo resuelto en relación a los honorarios está firme y consentido por ambas partes, en los porcentajes establecidos por la ley 21.839 (12% y 6%) y para las sumas correspondientes. Se fundamenta que la solicitud de actualización conforme a la ley 27.423 resulta improcedente por efectos de la cosa juzgada, dado que en algunos casos hace más de seis años que se decidieron los honorarios y la causa fue archivada por un largo período. La Cámara cita múltiples Fallos que refuerzan la jerarquía constitucional de la inalterabilidad de los derechos adquiridos por sentencia firme y la estabilidad de las decisiones jurisdiccionales como presupuesto de la seguridad jurídica. Además, se indica que admitir la reapertura implicaría reabrir una instancia precluida, lo cual no es procedente. La resolución de primera instancia se mantiene.

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