CREDIL SRL C/ VIDELA LEANDRO GERMAN S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia en un proceso de cobro ejecutivo, reconociendo los intereses compensatorios y punitorios y ajustando los topes de intereses moratorios, en un contexto de revisión de cláusulas contractuales y tasas de interés.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante Credil S.R.L. interpuso recurso de apelación contra la sentencia que dispuso llevar adelante la ejecución del cobro por un monto que incluía capital y ciertos intereses. La Cámara revisó la decisión, considerando la naturaleza de los intereses moratorios y compensatorios, y modificó la resolución de grado para reconocer los intereses pactados desde la fecha de libramiento y las fechas de mora, además de ajustar los límites de los intereses moratorios según la normativa vigente. La decisión se fundamenta en que las cláusulas pactadas deben respetarse, pero también en que la morigeración de intereses usurarios puede ser ejercida de oficio, siempre que se funde razonadamente, y que la tasa convenida en el contrato, en las circunstancias económicas actuales, no puede mantenerse sin revisión. La sentencia reconoce la validez de los intereses pactados, establece que la liquidación debe incluir gastos e intereses desde la emisión del título hasta la mora, y confirma la ejecución en su parte modificada, con costas en ambas instancias en el orden causado. Se hace énfasis en que la revisión de las tasas y la morigeración de intereses deben ajustarse a los principios de moralidad, buenas costumbres y orden público, y en que las facultades jurisdiccionales permiten modificar límites cuando la tasa convenida resulta exorbitante.
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