MIÑO CARINA DE LUJAN C/ OCAMPO DANIEL ADALBERTO S/ ACCION COMPENSACION ECONOMICA
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que rechazó la demanda de compensación económica por no acreditar los presupuestos legales. La apelación fue considerada infundada y se mantuvo la decisión de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Carina de Lujan Miño, demandó a Daniel Adalberto Ocampo reclamando una compensación económica por supuestos aportes en la construcción de una vivienda en un inmueble propiedad del progenitor del demandado. La primera instancia rechazó la demanda, considerando que no se acreditaron los elementos necesarios para la procedencia de la compensación, en particular la existencia de un desequilibrio patrimonial vinculado a la ruptura del matrimonio y la afectación de la situación económica de la actora. La parte actora apeló, alegando que la sentencia se limitó a transcribir doctrina y jurisprudencia sin analizar concretamente las pruebas, y que la prueba rendida demostraba su aportación para la construcción de la vivienda. La Cámara confirmó la decisión de la primera instancia, señalando que no se acreditó la operatoria denunciada, que la construcción en un inmueble ajeno se regula por accesión y que la pretensión debía dirigirse contra el titular registral o sus herederos. Además, se evidenció que no se acreditó un desequilibrio manifiesto ni la causa del mismo en la ruptura del matrimonio. La valoración de la prueba y los antecedentes probatorios llevó a la Cámara a concluir que no estaban cumplidos los presupuestos legales para la compensación, rechazando la apelación y confirmando la sentencia.
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