.................... S/ LESIONES LEVES -11661-
La Cámara de Apelaciones en lo Penal Departamental confirmó la condena impuesta a C. E. A. C. por lesiones leves, tras analizar la admisibilidad del recurso y la justeza de la sentencia, considerando que la valoración probatoria fue adecuada y que no se incurrió en arbitrariedad o error in iudicando.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor es C. E. A. C., quien fue condenado por el juzgado en lo Correccional N° 1 de Lomas de Zamora a un mes de prisión efectiva por lesiones leves, y por el Tribunal Oral Criminal y Correccional N° 29 de CABA a tres años de prisión efectiva, revocando la condicionalidad. La defensa apela argumentando que la sentencia viola el principio "in dubio pro reo", y que la valoración probatoria fue arbitraria, además de cuestionar la tipificación de las lesiones y la relevancia del hecho. La Cámara analiza que la decisión judicial está correctamente fundamentada, que la valoración de la prueba fue lógica y ajustada a los hechos probados, y que no existe arbitrariedad ni error en la apreciación de las elementos probatorios, citando jurisprudencia y doctrina sobre la valoración probatoria y el principio de lesividad. La sentencia del tribunal de grado, que confirmó la condena, fue fundada en la evidencia reunida, incluyendo testimonios y el informe médico, y en la correcta aplicación del derecho penal, sin que se advierta ningún vicio que justifique su nulidad o modificación.
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