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.................... S/ RECURSO DE APELACION DE SENTENCIA (ELECTR)

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de La Plata anuló la sentencia condenatoria contra Jorge Luis Abecasis por nulidades en el trámite de juicio abreviado, ordenando la remisión a la instancia de origen para regularizar el proceso. La nulidad se funda en la vulneración del principio de congruencia y consentimiento viciado en la aceptación del acuerdo.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El imputado Jorge Luis Abecasis fue condenado en primera instancia por la jueza Ana Belén Piccone a 2 años y 4 meses de prisión condicional, inhabilitación y decomiso de armas, por portación de arma de guerra y amenazas agravadas. La defensa apeló alegando que la sentencia se dictó en un juicio abreviado sin consentimiento válido, debido a irregularidades en la formalidad del acuerdo. La Cámara detectó que la calificación legal y pena fueron modificadas en una actuación posterior, sin el consentimiento del imputado y sin que el juez dictara resolución en los cinco días previstos por el código, vulnerando el debido proceso y principios del juicio abreviado. La Cámara concluyó que existió un consentimiento viciado y que las formalidades del trámite no fueron respetadas, por lo que declaró la nulidad de la sentencia y ordenó remitir los autos a la instancia de origen para que se regularice el proceso conforme a derecho.

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