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.................... S/ INCIDENTE DE APELACIÓN DE SENTENCIA DE JUICIO ABREVIADO (ELECTR)

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de La Plata confirmó la sentencia condenatoria contra Benjamín Andrés Perinee por el delito de robo, rechazando el recurso de apelación por considerar que la agravante de nocturnidad fue correctamente aplicada, dado que la misma favorece la comisión del delito y fue valorada en la sentencia.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El imputado Benjamín Andrés Perinee fue condenado en primera instancia a cinco meses de prisión por el delito de robo ocurrido el 4 de mayo de 2025 en La Plata. La sentencia valoró como agravante la nocturnidad, considerando que esta circunstancia "facilita la comisión del hecho" (art. 41 del Código Penal). La defensa apeló, cuestionando que la agravante se aplicara de forma automática sin fundamentación subjetiva y que la prueba de la cámara de seguridad demostraba que la nocturnidad no facilitó la investigación ni la comisión del delito. La Cámara rechazó el recurso, argumentando que la nocturnidad objetivamente resulta ventajosa para la comisión del ilícito, y que la valoración de la agravante fue correcta, dado que la circunstancia fue demostrada por la forma, hora y lugar del hecho. Además, la Cámara ratificó que la prueba y las circunstancias del caso justifican la agravante, y que la valoración de la misma fue adecuada, sin que la identificación por cámaras elimine la finalidad de aprovechar la noche para cometer el robo. La sentencia confirmada mantiene la pena de cinco meses de prisión efectiva.

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