G., C. M. S/INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS EN CAUSA N° 13216 IPP 03-00-6438-14 UFIJ N° 6 (JEP-19689)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Dolores confirmó la denegatoria de salidas transitorias a Goyeneche Cesar Martin, por considerar que los informes psicológicos y las condiciones del condenado no justifican su otorgamiento, en línea con la normativa y la valoración de riesgos para la resocialización y seguridad pública.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El recurso de apelación fue presentado por la Defensa Oficial de Cesar Martin Goyeneche contra la resolución del 8 de agosto de 2025, que denegó su ingreso en el régimen de salidas transitorias. La defensa argumentó que la decisión era infundada, violaba normas constitucionales (arts. 106, 168, 171 de la Constitución Provincial y art. 19 de la CN), y que los requisitos legales estaban cumplidos. Además, señaló que la resolución vulneraba el principio de resocialización y la reserva de la esfera psicológica del condenado, y que el informe psicológico no debía ser considerado como un impedimento absoluto. La Cámara de Apelaciones, tras analizar los antecedentes y los informes, sostuvo que la decisión del juez de primera instancia estaba ajustada a derecho, dado que Goyeneche, condenado a 8 años por abuso sexual gravemente ultrajante, no cumplía aún con los requisitos para acceder a salidas transitorias, particularmente en relación a su proceso de introspección y autocontrol, y considerando los agravantes del delito y la insuficiencia del proceso reflexivo del condenado. La sentencia destacó que la normativa exige, además de la antigüedad de la condena, la conducta ejemplar y un informe favorable del establecimiento penitenciario, requisitos que no estaban plenamente acreditados en el caso. La Cámara también resaltó que el informe psicológico, aunque relevante, no puede ser el único criterio para denegar beneficios, pero en este caso, las circunstancias específicas y la naturaleza del delito justificaban la decisión. La apelación fue rechazada y la resolución original fue confirmada en todos sus términos.
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