GREGNOLI SILVIA ESTELA C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ MATERIA A CATEGORIZAR - PREVISION
La sentencia declara la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley 15.008 y ordena el pago de los haberes previsionales devengados desde su vigencia, reconociendo el derecho del actor a la movilidad jubilatoria conforme a la normativa anterior. La Cámara confirma la sentencia de primera instancia por sus fundamentos jurídicos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Silvia Estela Gregnoli demandó a la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires, solicitando la declaración de inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y el reconocimiento de la movilidad jubilatoria con base en el régimen previo a dicha ley. La causa se inició con presentación formal en noviembre de 2024, y tras medidas cautelares y diligencias probatorias, el tribunal de primera instancia declaró la inconstitucionalidad del artículo cuestionado, ordenando a la Caja liquidar provisoriamente el incremento en los haberes según la movilidad anterior y pagar los haberes atrasados desde enero de 2018. La sentencia fundamentó que el art. 41 de la ley 15.008 contraría la Constitución Provincial y Nacional por su carácter estructural y por delegar en normas de jerarquía inferior parámetros ajenos a la regulación provincial, afectando la proporcionalidad y la movilidad previsional, principios constitucionales. La Cámara de apelaciones confirmó dicha sentencia, adhiriendo a los fundamentos de la primera instancia y rechazando el recurso de la demandada. Además, se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad de los arts. 11 y 39 de la ley, por insuficiencia argumental. Se ordenó el pago retroactivo de haberes, intereses y costas. La resolución se fundamentó en la protección de los derechos adquiridos, la no regresividad, y la vulneración de la autonomía provincial, considerando además la jurisprudencia y doctrinas constitucionales sobre movilidad previsional y competencia normativa.
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