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BAEZ MAMANI, LUCAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Salta confirmó en parte la sentencia que ordenó a ANSeS reajustar y calcular correctamente el haber jubilatorio del actor, revocando aspectos relacionados con la tasa de sustitución y ratificando decisiones sobre la movilidad y los topes. La decisión se fundamentó en precedentes y en el análisis de la ley 27.609.

Sentencia Movilidad Anses Reajuste previsional Pbu Tope de beneficios Camara federal. Ley 27.609 Ley 24.241 Ley 27.426 Tasas de sustitucion

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue presentada por Lucas Baez Mamaní y su viuda Rosa Asunta, reclamando el reajuste de la prestación jubilatoria del primero, fallecido en 2019. La Cámara confirmó que ANSeS debe reajustar el haber hasta el 31/3/18 conforme a la ley 26.417, y desde esa fecha hasta diciembre de 2019, según la ley 27.426. Se estableció que la actualización del año 2020 no puede ser inferior al índice de la ley 27.551, y se rechazaron los agravios relacionados con el recálculo del haber inicial, la movilidad y los topes de la ley 24.241, en base a precedentes y jurisprudencia consolidada. El agravio sobre la tasa de sustitución fue aceptado y revocado lo decidido en ese aspecto, rechazando la aplicación de un suplemento de sustitutividad. La sentencia también confirmó el diferimiento del análisis sobre la PBU para etapa de liquidación, y dejó aclarado que la prestación no es alcanzada por el tope de la resolución SSS 6/09, pues deriva de un beneficio adquirido en 2007.

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