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NESTLE ARGENTINA SA (TF 146735708-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La Cámara revocó la sentencia del Tribunal Fiscal y dictaminó que corresponde ordenar la devolución de derechos de exportación abonados por Nestlé Argentina SA, vinculados a permisos de embarque entre el 4/9/2018 y el 13/12/2018, considerando que la normativa en ese período fue inconstitucional y que la parte actuante tenía fundamentos para su planteo. La decisión se basó en la doctrina del precedente "Petroquímica Comodoro Rivadavia" y en el análisis de la constitucionalidad del decreto 793/2018, que fue declarado inconstitucional por no respetar el principio de legalidad y reserva de ley, que exige la ley para la fijación de derechos de exportación. La Cámara también condenó a la parte demandada al pago de las costas en ambas instancias, dado que la parte actora tuvo razón en su planteo. La decisión se fundamentó en que las normas impugnadas carecían de respaldo constitucional y que la normativa aplicable en el período reclamado no había sido ratificada por ley, lo que invalidó los derechos abonados en ese período.

Inconstitucionalidad Derechos de exportacion Delegacion legisl


¿Quién es el actor?

Nestlé Argentina S.A.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA) / Poder Ejecutivo Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de $562.522,08 por derechos de exportación abonados en virtud del decreto 793/2018, que consideró inválido por inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia del Tribunal Fiscal y ordenó el reintegro de las sumas abonadas, más intereses, por entender que la normativa fue inconstitucional en el período reclamado y que la actora tenía fundamentos para su planteo, en línea con la jurisprudencia del precedente "Petroquímica Comodoro Rivadavia".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La resolución se basa en que la delegación legislativa del artículo 755 del Código Aduanero fue inconstitucional por no cumplir con los requisitos de la Constitución Nacional, en particular la reserva de ley y la falta de pautas claras para la fijación de derechos de exportación. La ley 25.645 no convalidó retroactivamente el decreto 793/2018 y, por ende, los derechos abonados en ese período son restitutivos. La jurisprudencia del Tribunal Supremo y de esta Cámara respalda que los tributos aduaneros tienen naturaleza tributaria y que la normativa dictada en exceso de la delegación legislativa es inválida y, por tanto, debe ser revocada. La Cámara también resaltó que las operaciones realizadas antes del 13/12/2018, fecha en que entró en vigencia la ley 27.467 que ratificó la normativa, deben ser reintegradas.

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