Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PEKLYCH, SANDRO MARIANO s/INFRACCION LEY 23.737
La Cámara confirmó la legalidad y procedencia del acuerdo de juicio abreviado, imponiendo una pena de un año y tres meses de prisión efectiva por tenencia simple de estupefacientes, y dispuso la destrucción de las evidencias, considerando la conformidad de las partes y los hechos probados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La Cámara de Posadas revisó la sentencia en la causa “PEKLYCH SANDRO MARIANO S/ INFRACCIÓN LEY 23.737”.
- La parte actora (Fiscalía) solicitó la modificación de la calificación legal y la imposición de una pena de un año y tres meses de prisión, multa y costas.
- El imputado, Sandro Mariano Peklych, aceptó en audiencia el acuerdo de juicio abreviado, admitiendo su participación en el hecho y conformando con la calificación legal de tenencia simple de estupefacientes, tras un hallazgo de 139,10 gramos de cocaína en su domicilio.
- La Cámara constató que se cumplen los requisitos legales para la admisibilidad del procedimiento de juicio abreviado, incluyendo la conformidad del imputado, la existencia del hecho y la participación del mismo, así como la adecuación del acuerdo.
- La calificación legal fue ajustada a la figura residual del artículo 14 de la Ley 23.737, por no acreditarse intención de venta o comercialización.
- La pena de un año y tres meses de prisión efectiva fue impuesta y se dio por cumplida la condena en virtud del tiempo de detención efectiva.
- Se ordenó la incineración de las evidencias, la restitución de los objetos no relacionados con el delito, y la destrucción de las drogas.
- Se eximió al imputado del pago de honorarios al Ministerio Público de la Defensa y se dispusieron las formalidades legales de notificación y archivo.
- La decisión fue fundamentada en la conformidad de las partes, las pruebas producidas y la adecuación de la calificación legal a los hechos constatados.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: