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FERENC, CARLOS BASILIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado en materia previsional, declarando la inconstitucionalidad de diversas normativas y ordenando el recálculo del haber inicial del actor conforme a los parámetros establecidos en fallos precedentes. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar la constitucionalidad del régimen previsional y la correcta aplicación de las leyes y jurisprudencia vigente.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Jurisprudencia Actualizacion de haberes Aportes autonomos Recalculo de haberes previsionales 27.609 27.426 Leyes 24.241 24.463 26.417 Exencion de impuestos. Sistemas de topes


¿Quién es el actor?

Carlos Basilio Ferenc

¿A quién se demanda?

ANSeS
- Objeto de la demanda: Reajuste y recálculo del haber previsional, cuestionando inconstitucionalidades en las leyes 24.241, 24.463, 26.417, 27.426, 27.609 y otros aspectos relativos a aportes autónomos y tratamiento impositivo.
- Decisión del tribunal: La Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609, revocó el método de recálculo ordenado y ordenó que el haber inicial se ajuste según los parámetros establecidos en fallos anteriores, como “Elliff”, “Volonté”, “Makler”, y “Pimentel”. Confirmó en lo restante la sentencia de grado, y resolvió que las costas fueran a cargo de la parte vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara remite a los antecedentes judiciales y doctrinarios que sustentan la declaración de inconstitucionalidad del sistema de topes y del método de cálculo del haber, señalando que las normativas cuestionadas vulneran principios constitucionales y jurisprudencia consolidada. “Resulta evidente que la normativa impugnada modifica pretorianamente el cálculo del haber autónomo, en contradicción con la ley de otorgamiento.” Además, la sala remite a fallos de la Corte Suprema y de esta Cámara que respaldan la constitucionalidad de los recálculos y los criterios de actualización, señalando que “la ley prevé la regularización de aportes a partir de una contraprestación a cargo del contribuyente, renta que merece ser actualizada en su justa proporción.” La resolución también aborda la exención del impuesto a las ganancias y la aplicación del precedente “Spampinato”, reafirmando la exención de las retroactividades derivadas de la sentencia.

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