FLORIT PATRICIA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó la impugnación de la ANSES respecto a la actualización del haber de la actora, y mantuvo la decisión de la instancia inferior, fundándose en que la ley 27.423 y la doctrina judicial avalan la interpretación de la Prestación Básica Universal sin limitación temporal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Flor Patricia María Florit, interpuso demanda contra ANSES solicitando la actualización de su Prestación Básica Universal (PBU), cuya fecha de adquisición fue el 3/12/2019, en el marco de la Ley 24.241 y sus modificatorias, particularmente la Ley 27.426. La demandada impugnó la sentencia de grado, cuestionando la actualización de la PBU y la forma en que se impusieron las costas. La Cámara Federal de la Seguridad Social, en su sentencia, analizó el alcance de la ley 27.426 y la jurisprudencia aplicable, concluyendo que no surge que el Máximo Tribunal haya limitado la actualización del beneficio a una fecha específica, y que la finalidad de la ley no es generar una confiscatoriedad. La Cámara sostuvo que la interpretación de la ley y la doctrina de la CSJN en el precedente “Morales Blanca Azucena” respaldan la decisión de mantener la actualización. Además, rechazó el agravio de la ANSES respecto a la improcedencia del análisis del componente PBU y confirmó la imposición de costas a la demandada, considerando que la sentencia fue dictada en vigencia de la ley 27.423. La Cámara también desestimó las demás cuestiones alegadas por la demandada, por no constituir críticas concretas a la sentencia apelada.
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