BARRAZA GLADYS NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró la inconstitucionalidad de la metodología de actualización de remuneraciones dispuesta por la Ley 27.426 para ciertos períodos, y confirmó en lo demás la decisión, ordenando el uso del índice ISBIC para la actualización.
- Quién demanda: Gladys Noemi Barraza
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios en la prestación previsional, actualización de remuneraciones y componentes del haber previsional, y cuestiones de constitucionalidad de normativas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en relación a la metodología de actualización de remuneraciones y la inconstitucionalidad de ciertas normas, declaró que las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 se deben ajustar por el índice ISBIC, y diferió en la etapa de ejecución el tratamiento de ciertos precedentes y artículos de ley.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala consideró que la metodología de actualización dispuesta por la Ley 27.426 para remuneraciones posteriores a marzo de 2009 es inconstitucional, y que las remuneraciones previas deben actualizarse por el índice ISBIC dispuesto por la CSJN en los autos “Elliff” y “Blanco”. La decisión se basa en la protección de la integralidad, proporcionalidad y sustitutividad del haber previsional respecto de los ingresos activos, y en que la comparación entre ISBIC y RIPTE para ciertos períodos puede arrojar montos superiores, implicando una disminución confiscatoria. Respecto al componente PBU, la Sala rechazó el agravio de la demandada, aclarando que la doctrina del precedente “Villanustre” no limita la actualización del beneficio universal. Se confirmó la inaplicabilidad del artículo 14, punto 2) de la Resolución SS 6/09 y del art. 26 de la Ley 24.241, y se diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 para la etapa de ejecución. La sentencia también confirmó la imposición de costas a la parte vencida y reguló honorarios.
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