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AFIP c/ MALAGOLI HECTOR ALFREDO s/EJECUCION FISCAL ? A.F.I.P.

La Cámara Federal de Tucumán confirmó la resolución que denegó el embargo de fondos y valores en la ejecución de honorarios en favor del Fisco. La decisión se fundamenta en que el mecanismo SOJ Banco no incluye los honorarios, que son costas del proceso, y en la interpretación de la normativa vigente que regula el embargo.

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- Actor: AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos)
- Demandado: Hector Alfredo Malagoli
- Objeto de la demanda: Ejecución de honorarios y embargo de fondos y valores en concepto de honorarios estimados por $37.334,39, más intereses y costas.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirma la resolución del juez de primera instancia que denegó el embargo sobre fondos y valores por considerarlo improcedente, basándose en que los honorarios no están incluidos en el concepto de costas que puede embargarse mediante el sistema SOJ Banco.
- Fundamentos principales: "El mecanismo de libramiento de oficios SOJ Banco cuya aplicación solicita el accionante, se encuentra regulado en la Comunicación del Banco Central de la República Argentina (BCRA) [...] y en la normativa específica que regula el procedimiento tributario, en particular el art. 92 de la Ley N° 11.683 y su decreto reglamentario N° 1397/79." "La medida de embargo, en términos generales, importa la afectación, por orden del órgano judicial, de uno o varios bienes del deudor al pago del crédito, y en este sentido, los honorarios derivados de esa misma ejecución, que integran costas, no pueden ser cobrados al obligado por el SOJ Banco, dado su carácter accesorio respecto de la pretensión principal." "La CSJN ha sostenido que los honorarios no son acreedores a honorarios por los servicios que prestan en el desempeño de su cargo, sino que cuando el Estado triunfa en juicio, la administración es la acreedora de las costas en su carácter de parte vencedora." "El SOJ Banco está diseñado exclusivamente para el cobro de deudas y saldos de importes adeudados al Organismo Fiscal, y no incluye los honorarios como parte de la ejecución." "Por todo ello, la decisión de denegar el embargo sobre fondos y valores en concepto de honorarios fue correcta."

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