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PEREYRA GARCIA, MARIA BELEN c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGUIRDAD SOCIAL (ANSES) s/LEY 18345 - QUEJA

La Cámara Federal de Tucumán rechazó la revocatoria in extremis del recurso de queja y dispuso la suspensión de la ejecución de la sentencia hasta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expida sobre la queja por recurso extraordinario denegado. La decisión busca evitar un daño patrimonial irreparable al erario público en atención a la doctrina del precedente “Lacuadra” y la jurisprudencia de la Corte Suprema.

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¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte demandada, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), interpuso una queja contra la denegación del recurso extraordinario federal en una causa de índole laboral, en la que se condenó a la demandada al pago de diversos conceptos indemnizatorios por despido.
- La Cámara Federal de Tucumán declaró inadmisible la revocatoria in extremis interpuesta por la actora contra un fallo de fecha 24 de julio de 2025, y admitió el recurso de apelación deducido por la demandada, ordenando la suspensión provisoria de la ejecución de la sentencia hasta que la Corte Suprema se pronuncie sobre la queja.
- La resolución fundamenta en la doctrina de la Corte Suprema en el precedente “Lacuadra”, que considera irrazonable y constitucionalmente inadmisible la aplicación del coeficiente CER a créditos laborales, dado que puede causar un daño patrimonial de gran magnitud y afectar la finalidad de la revisión jurisdiccional.
- La Cámara resaltó que, si bien la sentencia del Tribunal superior tiene carácter obligatorio, la circunstancia sobreviniente del precedente “Lacuadra” proyecta efectos inmediatos sobre la razonabilidad de la liquidación y la cuantía a pagar, justificando la suspensión de la ejecución hasta la resolución definitiva de la Corte.
- Se concluye que la liquidación actual evidencia la posibilidad de un daño patrimonial irreparable, por lo que procede suspender la ejecución de la sentencia en tanto la Corte Suprema no resuelva la queja.

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