ROJAS, ESTELLA MARI c/ ANSES s/IMPUGNACION RESOLUCION ADMINISTRATIVA
La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia que ordenó a la ANSES reintegrar las sumas indebidamente retenidas en concepto de cargos sobre haberes previsionales por invalidez, considerando el carácter alimentario y la vulnerabilidad del beneficiario. La decisión se fundamentó en la falta de notificación fehaciente y en la protección de derechos previsionales en contexto de vulnerabilidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Estela Mari Rojas, demandó a la ANSES por la retención indebida de sus haberes previsionales por invalidez, solicitando el reintegro de las sumas descontadas y los intereses correspondientes.
- La ANSES contestó que la beneficiaria percibió los haberes reclamados y que existieron cargos por percepciones indebidas, además de alegar prescripción del art. 82 de la ley 18.037.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, ordenando la restitución de las sumas retenidas y rechazando la pretensión respecto a los haberes devengados entre 01/07/2020 y 31/07/2021.
- La Cámara confirmó la sentencia, destacando que los beneficios previsionales tienen carácter alimentario y que la indebida retención sin notificación fehaciente vulnera derechos fundamentales, por lo que se ordenó la devolución de las sumas retenidas, incluyendo intereses desde la detracción, aplicando la tasa pasiva del Banco Central.
- La Cámara también rechazó la excepción de prescripción y dispuso que los intereses se computen desde la fecha de detracción hasta el efectivo pago, en un plazo de 30 días.
- Se impusieron las costas de alzada por su orden, en atención a las particularidades del caso.
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