INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS c/ DOMINGUEZ GABARONI, LAURA ELIZABETH s/CONSIGNACION
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en la Sala VI modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, rechazando ciertos reclamos y admitiendo otros, y ordenando la condena y actualización de créditos laborales, fundamentando sus decisiones en la correcta interpretación del despido, las indemnizaciones y la normativa monetaria argentina.
- Quién demanda: Laura Elizabeth Domínguez Gaboroni (actora)
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (accionado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
despido injustificado, diferencias salariales, indemnización por despido, daño moral, certificaciones laborales y actualización de créditos
¿Qué se resolvió?
se rechazaron parcialmente las indemnizaciones tarifadas por despido y daño moral, se hizo lugar a indemnización por despido improcedente, diferencias salariales, vacaciones no gozadas, y actualización de créditos según IPC con interés del 3% anual; además se ordenó la correcta confección de certificaciones laborales y la condena total ascendió a $3.523.936,11, con costas y honorarios en ambas instancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara confirmó que la terminación del vínculo fue con justa causa, por pérdida de confianza vinculada a una maniobra para realizar pagos indebidos, pero sostuvo que la comunicación del despido no cumplió con los requisitos del art. 243 de la Ley de Contrato de Trabajo por omitir detalles precisos del hecho. Se rechazó el reclamo por daño moral por considerar que la decisión rupturista fue legítima y que la reparación del daño estaba contenida en la tarifa. Se admitió la indemnización por despido sin causa, ordenando su pago y actualización conforme IPC y interés del 3% anual desde el nacimiento del crédito hasta su efectivo pago. Se rechazaron las diferencias salariales por rebaja unilateral de categoría, afirmando que el trabajador debe percibir la retribución correspondiente a la categoría en la que efectivamente prestó servicios. Se admitió la acción de ley 25.323 para el cobro de indemnizaciones por despido y períodos no correctamente registrados, y se ordenó la confección de certificaciones laborales sin el período de pasantía. Se rechazó la indemnización por daño moral. La condena total fue de $3.523.936,11, con la actualización y los intereses mencionados, y se regularon costas y honorarios en ambas instancias.
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