LIMA, JONATAN EDUARDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia respecto a la aplicación de intereses en una indemnización por accidente laboral, confirmando la decisión sobre la fecha y mecanismo de actualización, y ordenó aplicar intereses desde el evento dañoso hasta la liquidación, ajustando los montos y tasas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandada apela la sentencia que condena a pagar una indemnización por accidente laboral, cuestionando la fecha de inicio de intereses y la forma de actualizarlos, además de los honorarios judiciales. La Cámara confirma que los intereses deben computarse desde la fecha del accidente (28/04/2015), aplicando una tasa pura del 6% anual, y actualiza el capital por RIPTE desde esa fecha hasta la liquidación. La decisión se fundamenta en la normativa de riesgos del trabajo, la ley 26.773 y la jurisprudencia, considerando que los intereses deben compensar la privación del capital sin incorporar efectos inflacionarios. La Cámara también impone costas a la demandada vencida y regula honorarios.
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