TOLEDO NESTOR AMERICO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia en un caso de reajustes previsionales, declarando la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 y ratificando la aplicación del índice de salarios básicos para la actualización de las prestaciones, en línea con precedentes de la Corte Suprema.
- Quién demanda: Néstor Americo Toledo
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de beneficios previsionales, actualización de la PBU y diferencias por errores en la liquidación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca parcialmente la sentencia y declara la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 y de la resolución nº 56/2018, estableciendo que la actualización debe regirse por el índice de salarios básicos y que la ANSES debe abonar diferencias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la intervención del Poder Ejecutivo en la fijación del índice de actualización de las jubilaciones, mediante la resolución nº 56/2018, contraviene la Constitución Nacional y los precedentes de la Corte Suprema, en particular el fallo “Blanco”. La sentencia cita: “la fijación del índice de actualización no puede considerarse incluida dentro de las atribuciones genéricas que la ley 24.241 –texto según ley 26.417
- reconoce en cabeza de la ANSeS”, y “la intervención indebida que lleva a cabo del Poder Ejecutivo Nacional
- a través de la ANSeS y de la Secretaría de la Seguridad Social
- al dictar y ratificar la resolución n°56/2018 sin tener la potestad constitucional para hacerlo, contradice el art. 14 bis de la Constitución Nacional”. Además, se sostiene que la ley 24.241 y sus modificatorias establecen que la actualización debe hacerse conforme a los salarios básicos de la industria y la construcción, y en su defecto, con la pauta de la ley 26.417. La sentencia también destaca que la Corte Suprema ha considerado que la fijación del índice constituye una cuestión de especial relevancia que debe ser establecida por el Congreso Nacional, no por decisiones administrativas. La Cámara ordena a la demandada abonar las diferencias y aplicar el índice de salarios básicos en futuras liquidaciones, además de regular honorarios y costas.
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