TOURN MIRTA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La sentencia reconoce el derecho de la actora a la actualización de su haber previsional y ordena su pago retroactivo, confirmando la procedencia del reajuste solicitado, y rechazando las inconstitucionalidades alegadas en relación a las normas de movilidad y topes en el haber.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora demanda a la ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por la falta de movilidad y actualización, alegando vulneración de derechos constitucionales. La demandada niega el derecho y plantea la prescripción de la acción, además de oponer inconstitucionalidades a varias normas. La juez analiza las cuestiones de fondo, considerando que la prestación mensual se determina por un monto fijo establecido en la ley 26.417, y que la actualización debe realizarse conforme a los parámetros jurisprudenciales y legales vigentes. La sentencia concluye que la parte actora tiene derecho a la actualización del haber y al pago de las diferencias retroactivas, ordenando la liquidación dentro de los 120 días, y rechazando las inconstitucionalidades relacionadas con las normas de movilidad y topes en el haber. La decisión también confirma la constitucionalidad de los artículos cuestionados y establece que las diferencias deben abonarse sin merma alguna, con costas a cargo de la demandada.
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