CARGILL SACI Y OTRO (TF 37825-A) Y OTRO c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la reducción de la multa impuesta a Cargill SACI por parte del Tribunal Fiscal, manteniendo la reducción del 75%, y rechazó los agravios del Fisco, argumentando que la autodenuncia fue espontánea y previa a la advertencia formal de la aduana.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Cargill SACI, demandó la reducción de la multa impuesta por la autoridad aduanera tras detectar una declaración inexacta en el valor de la mercadería exportada. La Sala F del Tribunal Fiscal de la Nación redujo la multa al 75% por aplicación del art. 917 del Código Aduanero, considerando que la autodenuncia fue presentada en tiempo y forma y que no existía proceso de inspección en curso en ese momento. La AFIP-DGA apeló, argumentando que no correspondía reducir la sanción porque la mercadería había sido asignada con canal rojo, implicando un control ex post, y que la autodenuncia no podía considerarse espontánea en tales circunstancias. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, señalando que la autodenuncia fue presentada antes de que la Aduana detectara la inexactitud, y que la existencia de un control ex post no excluía la procedencia del beneficio, ya que la detección no había sido formal ni previa a la autodenuncia. Además, dispuso la nulidad de la regulación de honorarios y la imposición de costas a la parte vencida.
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