EN - M EDUCACION c/ SMG COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SA - POLIZA ABERTURAS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la fecha de inicio del cómputo de intereses en un proceso de indemnización por seguro, confirmando en parte la sentencia de primera instancia y desestimando el recurso de la aseguradora por extemporáneo.
¿Quién es el actor?
El Estado Nacional – Ministerio de Educación de la Nación
- A quien se demanda: SMG Compañía Argentina de Seguros Sociedad Anónima
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de la suma de $15.570.465,29 por indemnización de seguro, con intereses desde la fecha de promoción de la acción (06/06/23).
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la apelación del actor y modificó la fecha de inicio del cómputo de intereses, estableciéndola desde el 05/05/22, en lugar del 06/06/23, que fue la decisión de la sentencia de grado. Se declaró desierto el recurso de la aseguradora por no estar fundado y se impusieron las costas a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La cláusula 7° de las condiciones generales de la póliza establece que el pago debe efectuarse en 15 días desde la recepción de la documentación pertinente, la cual fue recepcionada por la aseguradora el 19/04/22, por lo que el vencimiento del plazo fue el 04/05/22. La sentencia de grado no consideró este plazo y fijó el inicio de intereses en la fecha de la demanda, por lo que la Cámara corrigió dicho punto, siguiendo la interpretación del contrato y la jurisprudencia de la Sala I en causa similar.
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