PAMPA ENERGIA SA (TF 102341052-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara modificó la decisión del Tribunal Fiscal de la Nación y ordenó que la actora, Pampa Energía S.A., cargue con las costas del proceso, incluyendo las relacionadas con la actuación ante el Tribunal Fiscal, en virtud de que la distribución inicial en orden causado no se ajustaba a derecho. La sentencia consideró que la falta de muestras y análisis concretos para la clasificación de la mercadería, además de las deficiencias y tergiversaciones en los informes técnicos, invalidaban la condena fiscal. La Cámara sostuvo que la normativa aduanera y el principio de derrota establecen que, en ausencia de motivos valederos, la parte vencida debe asumir las costas, y en este caso, la actora fue la parte vencida.
- Quién demanda: Pampa Energía S.A.
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) / Aduana
¿Cuál es el objeto del reclamo?
la correcta clasificación de la mercadería exportada y la invalidez de la infracción tributaria y sanción impuesta.
¿Qué se resolvió?
la Cámara revocó la decisión del Tribunal Fiscal de la Nación, ordenando que la actora cargue con las costas del proceso, incluyendo las relacionadas con la actuación ante el Tribunal Fiscal, por considerar que la condena no estaba debidamente fundada y que la Aduana actuó con deficiencias y tergiversaciones en los análisis.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la falta de muestras y análisis químicos en la operación fiscal, la utilización de informes de otras actuaciones y años anteriores, la tergiversación de la información por parte de la Aduana, y la aplicación del principio de derrota del artículo 1163 del Código Aduanero, que establece que la parte vencida debe pagar las costas, salvo motivos justificados que en este caso no se encontraron.
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