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G., A. M. s/ HOMICIDIO CALIFICADO

La Cámara de Rosario confirmó la sentencia que impuso una pena mínima a un menor condenado por homicidio, manteniendo además los permisos para cursar estudios universitarios, valorando su progresión y derechos constitucionales y convencionales.

Proporcionalidad Derechos humanos Derechos constitucionales Homicidio Obligaciones internacionales Pena minima Resocializacion Menor condenado Permisos de estudio Evolucion delictiva


- Quién demanda: La fiscalía a cargo del Dr. A. Sebastián Payró

¿A quién se demanda?

A. M. G., menor condenado por homicidio en Rosario en 2022

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Aumentar la pena de 5 años y 4 meses a 10 años de prisión y revocar permisos de estudio presenciales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la pena mínima y los permisos, considerando los avances y la evolución del menor, su proyecto de vida y derechos constitucionales. La decisión se fundamentó en que la aplicación de la pena mínima respeta principios de proporcionalidad, derechos humanos, y la finalidad resocializadora, además de la evolución favorable del condenado y su arrepentimiento. Se rechazaron agravios relacionados con la gravedad del hecho y la modalidad de cumplimiento, resaltando que una sanción mayor sería irrazonable y violatoria de derechos internacionales y constitucionales. La valoración del progreso del menor, su participación en actividades educativas y la importancia de mantener su proyecto de vida fueron claves en la decisión. Se destacó que la revocación de permisos afectaría su derecho a la educación y su proceso de resocialización.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia se fundamentó en la jurisprudencia del caso “Maldonado” y en la necesidad de evitar decisiones arbitrarias que vulneren derechos constitucionales e internacionales. Se resaltó que la ley y la normativa internacional imponen la proporcionalidad y la razonabilidad en las penas, así como la protección del proyecto de vida del menor, en línea con la Convención Americana y la CIDH. Se valoró la evolución y arrepentimiento del menor, su compromiso con la recuperación y la educación, y que aplicar una pena mayor sería desproporcionado y violatorio de sus derechos, además de contradecir los principios de reintegración social y dignidad humana. La decisión también consideró la importancia de mantener los permisos de estudio, pues su suspensión afectaría su proceso de resocialización y derechos constitucionales.

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