I., H. M. S/INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL Y REGIMEN ABIERTO EN CAUSA 12948 (IPP 03-00-007023-08) UFI 4 (JEP-19571)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial Dolores confirmó la denegatoria de libertad condicional y régimen abierto a Hugo Martin Iñiguez, argumentando que la resolución recurrida fue ajustada a derecho y que el informe psicológico y criminológico avalan la continuidad en la privación de libertad, por considerar que no se cumplen las condiciones legales y que existen fundamentos suficientes para la decisión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Dolores revisó la resolución del Juzgado de Ejecución Penal que denegó la libertad condicional y el ingreso en régimen abierto a Hugo Martin Iñiguez, condenado por abuso sexual gravemente ultrajante. La defensa apeló argumentando que la decisión se basó excesivamente en informes administrativos, violando principios constitucionales y derechos del imputado, y que los informes psicológicos no justifican la denegatoria. La Cámara, tras analizar los informes y antecedentes, sostuvo que la resolución fue ajustada a derecho, resaltando que el cumplimiento de los requisitos temporales, la observancia de los reglamentos y los informes técnicos justifican la continuidad de la privación de libertad. Se destacó que los informes psicológicos y criminológicos señalan que el interno no presenta condiciones favorables para el beneficio, que mantiene conductas alejadas de la remisión y que, además, los delitos por los cuales fue condenado ameritan una mayor cautela. La Cámara también advirtió que los informes psicológicos revelan una actitud desafectivizada, mecanismos defensivos y una postura que proyecta responsabilidad en agentes externos, aspectos que justifican la negativa del beneficio. Se concluyó que la resolución del juez de grado se ajustó a las condiciones legales y constitucionales, y que la apelación no prospera.
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