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PIO., A. Y. S/TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES PARA COMERCIALIZACION (IPP 03-02-3335-25) (J.G N°4)

La Cámara de Dolores confirmó la prisión preventiva de Adán Yonathan Pio por considerarla ajustada a derecho y basada en elementos probatorios que acreditan prima facie su participación en un delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, rechazando las nulidades alegadas por la defensa y manteniendo la resolución del juez de Garantías que dispuso la prisión.

Jurisprudencia Allanamiento Proceso penal Garantias constitucionales Prision preventiva Tenencia de estupefacientes Nulidades Riesgo de fuga Elementos probatorios Derechos del imputado

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa penal a cargo de la Fiscalía N° 4 imputó a Adán Yonathan Pio la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, basándose en la intervención policial, procedimientos de allanamiento y análisis de elementos probatorios como testimonios, fotografías, hallazgos en el domicilio y elementos relacionados con la venta de drogas. La resolución del juez de Garantías que dispuso la prisión preventiva fue apelada por la defensa, alegando nulidades, insuficiencia probatoria, y vulneraciones al derecho de defensa, a lo que la Cámara de Dolores respondió que no se acreditaron perjuicios concretos ni vulneraciones procesales, y que la descripción de la materialidad ilícita fue adecuada y fundamentada. La Cámara concluyó que la prisión preventiva se ajustaba a derecho, dado el riesgo de fuga y la peligrosidad procesal, y rechazó los agravios de la defensa, confirmando la resolución de primera instancia.

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